esta casa es una ruina:

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nguillen72
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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por nguillen72 » Sab 15 May 2010 13:33

jajjaaj inmaaaaaaaaaaaaaaaa pobreta, pues no el seguro no entra esto como dice ardid hay que pagarlo toca teja, y como dice ardid hemos pasado de casi perder la casa a pagar 12000 euros eso si duele que no veas.

por el resto de cosas, la obra se esta haciendo ya, la casa no se cae en dos meses pero no se puede dejar ademas de que la vecina se ha de ir a un piso de alquiler hasta que acabe la obra, y al parecer no nos entra el nuevo iva y nos factura en junio para que no nos claven el 18%

a ver tenemos dinero, creo que somo los que menos problemas tenemos (no es por fardar) pero ostias ese dinero lo queriamos guardar pues para cosas para Pau pero bueno

de momento y lo mejor de todo es que (aunque se tiene que ir mi vecina por unos dias) nosotros tenemos la seguridad de la finca, no tenemos que salir y con esta pedazo de obra la finca ya estara arreglada, ahora eso si no se si pasaremos la ITV de la finca en el 2015 :lol: :lol: :lol: :lol: data-ad-format="auto" data-full-width-responsive="true">

Ardid
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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por Ardid » Sab 15 May 2010 13:42

Nguillen, no sé si conoces el RD del que hablaba:


NUEVA DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN LA VIVIENDA HABITUAL REALIZADAS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012

El artículo 1 del Real Decreto‐ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, introduce en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) una nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual que afectarán a las declaraciones del IRPF correspondientes a los ejercicios 2010, 2011 y 2012.

Esta deducción resultará aplicable respecto de las cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en dicho período en la vivienda habitual del contribuyente o en el edificio en que ésta se encuentre. A estos efectos es importante conservar las facturas recibidas por las obras correspondientes.

Quiénes pueden beneficiarse de esta deducción

Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 € anuales.

Qué obras permiten beneficiarse de la deducción y en qué plazo

Las obras realizadas en la vivienda habitual, o en el edificio en el que se encuentra, desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012, y que tengan por objeto:

Primero

En los términos del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009‐2012 (Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre):

- mejorar la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios y viviendas, y la utilización de energías renovables, tales como:

o instalar paneles solares

o mejorar la envolvente térmica del edificio (por ejemplo, mejoras en el aislamiento de ventanas, paredes o cubiertas)

o mejorar sistemas de instalaciones térmicas

o mejorar las instalaciones de suministro e instalar mecanismos que favorezcan el ahorro de agua

- la seguridad y la estanqueidad de los edificios, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros,

- o favorecer la accesibilidad al edificio o las viviendas, tales como:

o instalar ascensores o adaptarlos a las necesidades de personas con discapacidad

o instalar o mejorar las rampas de acceso a los edificios

o instalar elementos de información que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores

o obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años.

AMPLIACIÓN DEL CONCEPTO DE REHABILITACIÓN A EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

El artículo 2 del Real Decreto‐ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, amplía y concreta el concepto de rehabilitación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a través de una definición de obras análogas y conexas a las estructurales, con el objetivo de reducir los costes fiscales asociados a la actividad económica de rehabilitación.

Obras de rehabilitación de edificaciones

Desde el 14 de abril de 2010 y con vigencia indefinida, se amplía el concepto de rehabilitación, aplicándose el tipo reducido del 7 por ciento (8 por ciento desde 1 de julio de 2010) a las obras de rehabilitación de edificaciones destinadas principalmente a viviendas, incluidos los locales, anejos, garajes, instalaciones y servicios complementarios (más del 50 por ciento de la edificación debe estar destinada a viviendas).

Para tener la consideración de rehabilitación, el coste de las obras debe exceder del 25 por ciento del precio de adquisición de la edificación (si se efectuó en los dos años anteriores al inicio de las obras de rehabilitación) o del valor del mercado, descontando en ambos casos el valor del suelo.

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por nguillen72 » Sab 15 May 2010 13:57

gracias ardid lo enviare al trabajo y se lo enseñare a mi jefe porque tiene pinta de que si
:up:

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por Ardid » Sab 15 May 2010 14:00

Ojalá :)


Si entra, el rioja de agosto lo pagas tú :lol:

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por nguillen72 » Sab 15 May 2010 14:09

jajajaj vale!!!!!!!!! eso esta hecho :lol: :lol: :lol:

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por nguillen72 » Sab 15 May 2010 14:48

igualmente al rioja te invito yo pero:

Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 € anuales.

nuestra base esde 540000 leros :herida:

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por mercedesbcn » Sab 15 May 2010 14:49

Me alegro que las cosas ya vayan para adelante y la finca sea segura y con esa obra tengais ya la cosa solucionada,y el dinero pues mira aun gracias que lo tienes y el niño ya tendra tambien lo que necesite con el tiempo.
Un beso y animo :beso: :beso:

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por nguillen72 » Sab 15 May 2010 14:51

gracias wapa, si la verdad es que no deja de ser dinero invertido para él ya que total el piso acabara siendo suyo, pero primero queria invertirlo en sus estudios jajjaaj si ya se que todavia tiene 9 meses jajajajjaja

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por Ardid » Sab 15 May 2010 14:55

IMPORTANTE: ¿tienes un presupuesto por escrito, en el que se desglose el coste por cada una de las cosas que os van a hacer y por los materiales?


Es que, a lo mejor, si ahora le dices a la empresa que te has enterado de que te correspondería un IVA reducido, seguro que te dice que ya lo tuvo en cuenta al hacerte el presupuesto.

Yo lo primero que haría sería tener por escrito ese presupuesto en el que, seguro, ya te pone el IVA al 16%, y entonces decírselo. Si no, es fácil que el ahorro que os corresponde vaya directamente a su bolsillo. Y calculando así por encima, te podrías ahorrar unos 800€

Que me he hecho cuca con estas cosas de las obras. Hay listos por ahí para dar y tomar, y más ahora, que van tan justos de faena.

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Re: esta casa es una ruina

Mensaje por Ardid » Sab 15 May 2010 14:57

nguillen72 escribió:igualmente al rioja te invito yo pero:

Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 € anuales.

nuestra base esde 540000 leros :herida:

Entiendo que te sobra un cero, guapa, si no creo que estoy haciendo la tonta :lol:

Por cierto, es la base imponible INDIVIDUAL, ¿tú tienes esa base imponible :o ? ¿con reducción de jornada? :o

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