
Pedir excedencia, dudas ¿me aconsejáis?:
- SUE35
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Lo de la excedencia, yo sí tenía claro que tenemos derecho, lo que no tengo tan claro es que el puesto de trabajo que te lo guarden. A mí me comentaron en una ocasión, que cuando te incorporas de la excedencia, la empresa tiene obligación de readmitirte, pero no tiene por qué ser en el mismo puesto, sino en uno que esté vacante. Pero ya te digo que no sé si será cierto o no. 

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- Subjefa/e de cocina
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Re: Pedir excedencia, dudas ¿me aconsejáis?
La excedencia se puede tomar por un máximo de tres años desde el nacimiento o adopción. Durante el primer año, la empresa debe guardarte el mismo puesto. Si regresas durante los dos años siguientes, tienes derecho a un puesto de trabajo de tu misma categoría (el tema de los turnos no lo sé), pero no tienen por qué guardarte el mismo.SUE35 escribió:Lo de la excedencia, yo sí tenía claro que tenemos derecho, lo que no tengo tan claro es que el puesto de trabajo que te lo guarden. A mí me comentaron en una ocasión, que cuando te incorporas de la excedencia, la empresa tiene obligación de readmitirte, pero no tiene por qué ser en el mismo puesto, sino en uno que esté vacante. Pero ya te digo que no sé si será cierto o no.
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