mirar lo que he encontrado, ya que no nos informan tenemos que buscar donde sea
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque otorga a la Uni?n poderes sobre los ciudadanos que ninguna Constituci?n debería otorgar a gobierno alguno. Las constituciones deben servir para garantizar derechos y limitar poderes, no para limitar derechos y ampliar poderes.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque otorga derechos a los países, pero no a los ciudadanos.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque entrega un poder excesivo a Francia y Alemania.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea hasta que los países que forman la Uni?n se defiendan entre sí por encima de intereses geoestratúgicos particulares (v?ase Francia y Perejil).
Votaremos NO a la Constituci?n Europea mientras países de la UE c**o B?lgica sigan sin extraditar terroristas.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque consagra al parlamento europeo c**o una instituci?n de parésitos sin poder real alguno, que curiosamente es la única que nos dejan elegir a los ciudadanos.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea hasta que sólo se incluya el grado de soberan?a que todos los estados están dispuestos a ceder, sin admitir que alguno se escaquee de forma excepcional.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque establece la discriminación entre hombres y mujeres.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque consagra los llamados "derechos positivos", que no se pueden cumplir en ningún caso y cuya puesta en negro sobre blanco supone unos impuestos atroces y una presencia excesiva de las instituciones p?blicas sobre la vida de los ciudadanos.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque la pregunta del refer?ndum deja la puerta abierta a que ésta sea modificada una vez aprobada sin volver a consultar a los ciudadanos: "?Aprueba usted el proyecto del Tratado por el que se establece una Constituci?n para Europa?"
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque permite y reserva a las administraciones p?blicas discriminar a los ciudadanos según su estado miembro de procedencia.
En resumen, votaremos NO a la Constituci?n Europea porque consagra una Europa liberticida dirigida desde Bruselas por unasélites de bur?cratas.
mas aqui
http://constitucion.redliberal.com/
SOBRE LA CONSTITUCION EUROPEA:
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Re: SOBRE LA CONSTITUCION EUROPEA
wald escribió:mirar lo que he encontrado, ya que no nos informan tenemos que buscar donde sea
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque otorga a la Uni?n poderes sobre los ciudadanos que ninguna Constituci?n debería otorgar a gobierno alguno. Las constituciones deben servir para garantizar derechos y limitar poderes, no para limitar derechos y ampliar poderes.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque otorga derechos a los países, pero no a los ciudadanos.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque entrega un poder excesivo a Francia y Alemania.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea hasta que los países que forman la Uni?n se defiendan entre sí por encima de intereses geoestratúgicos particulares (v?ase Francia y Perejil).
Votaremos NO a la Constituci?n Europea mientras países de la UE c**o B?lgica sigan sin extraditar terroristas.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque consagra al parlamento europeo c**o una instituci?n de parésitos sin poder real alguno, que curiosamente es la única que nos dejan elegir a los ciudadanos.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea hasta que sólo se incluya el grado de soberan?a que todos los estados están dispuestos a ceder, sin admitir que alguno se escaquee de forma excepcional.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque establece la discriminación entre hombres y mujeres.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque consagra los llamados "derechos positivos", que no se pueden cumplir en ningún caso y cuya puesta en negro sobre blanco supone unos impuestos atroces y una presencia excesiva de las instituciones p?blicas sobre la vida de los ciudadanos.
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque la pregunta del refer?ndum deja la puerta abierta a que ésta sea modificada una vez aprobada sin volver a consultar a los ciudadanos: "?Aprueba usted el proyecto del Tratado por el que se establece una Constituci?n para Europa?"
Votaremos NO a la Constituci?n Europea porque permite y reserva a las administraciones p?blicas discriminar a los ciudadanos según su estado miembro de procedencia.
En resumen, votaremos NO a la Constituci?n Europea porque consagra una Europa liberticida dirigida desde Bruselas por unasélites de bur?cratas.
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Gracias reina
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Pues vereis, yo creo que esto ya esta decidido de antemano, lei en el periodico que los paises miembros podian decidir de diversas formas, o bien tomaba la decision el govierno, o en referendum o con la union de ambas formulas que es el sistema que se hara en España, es decir, una parte de la decision se toma en referendum y otra parte el govierno, lo que no explican es el porcentage que pertenece a cada parte. Es por esto que yo creo que el govierno ya tiene la decision tomada y lo del referendum es mas para contentar al pueblo que para tomar la decision 

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Aquí va una opinión al Si por aquello de la Democracia, aunque hay muchas, tantas c**o al No, cada uno eligefedrilla escribió:POS AHORA QUE ALGUIEN PONGA ALGO A FAVOR , PARA SER DEMOCRATICOS , EN FIN QUE NOS LA METEN..... NOS LA METEN VIVE DIOS!!!![]()

S? a la Constituci?n europea
CARLOS CARNERO. Eurodiputado socialista, miembro de la Comisi?n de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo y de la Convenci?n Europea. Publicado en Iniciativa Socialista número 73, oto?o 2004
El pasado 18 de junio los jefes de Estado y de Gobierno de los 25 países miembros de la Uni?n Europea y aprobaron la primera, que noéla nueva?, Constituci?n Europea.
La Constituci?n representa un extraordinario paso adelante en el proceso de construcción europea. Una vez en vigor, situar? a la Uni?n en condiciones afrontar los principales retos de futuro, c**o el gobierno de la globalizaci?n, la construcción de un nuevo orden internacional justo y democr?tico y dar una respuesta adecuada a las aspiraciones y necesidades de la ciudadan?a europea.
Recupera el impulso que representú hace más de una dícada el Tratado de Maastricht -con la introducci?n del euro y del concepto de ciudadan?a europea-, supera las enormes insuficiencias del Tratado de Niza -que condenaba al proceso de construcción europea a la parélisis a corto plazo-, hace realidad el binomio profundizaci?n-ampliaci?n, sin el que la Uni?n se hubiera visto empujada a convertirse en una mera zona de libre cambio, y avanza decididamente hacia la culminación de la uni?n pol?tica, reforzando el contenido de la ciudadan?a europea.
La Constituci?n Europea es una autúntica constituci?n ciudadana; con ella, la Uni?n será más democr?tica y más eficaz. Precisamente por eso, representa una victoria pol?tica del europe?smo, de la visi?n de Europa c**o una construcción pol?tica que debe actuar c**o un poder global relevante y que está basada en un modelo social propio y avanzado.
Entre los míltiples aspectos positivos de la Constituci?n, podemos destacar los siguientes:
- su mismo carácter constitucional,
- confirma la orientaci?n federal de la Uni?n y su doble legitimidad, procedente de los ciudadanos y los Estados,
- los valores y los objetivos esenciales de la Uni?n se sitían en un nivel progresista, superior al presente en muchas constituciones de los estados miembros; incluyendo la paz, la libertad, la democracia, los derechos humanos, la igualdad, la igualdad entre la mujer y el hombre, la justicia, la solidaridad, la economía social de mercado, el pleno empleo, el desarrollo sostenible, la protecci?n del medio ambiente, la no-discriminación y la erradicaci?n de la pobreza,
- se otorga a la Uni?n personalidad jur?dica propia, poniendo fin a la estructura de pilares y simplificando los instrumentos legislativos y su denominación: a partir de ahora tendremos leyes europeas y leyes marco europeas,
- la Carta de Derechos Fundamentales se integra en la Constituci?n, adquiriendo carácter jur?dicamente vinculante,
- las competencias de la Uni?n se organizan a través de un sistema flexible y progresivo, sin un catúlogo r?gido, incrementúndose sustancialmente en los terrenos de la acci?n exterior, la defensa, el espacio de libertad, seguridad y justicia y mejor?ndose en lo relacionado con la Europa social,
- se reafirma la centralidad del principio, el objetivo y la pol?tica de cohesi?n econ?mica, social y territorial, manteni?ndose el estatuto de las regiones ultraperif?ricas,
- se democratiza la elaboración y la adopción de las leyes de la Uni?n Europea al establecerse c**o norma general el procedimiento legislativo, hoy llamado codecisi?n, por el que deciden conjuntamente el Parlamento Europeo y el Consejo,
- se extiende a un mayor número de asuntos la toma de decisiones por mayoría cualificada en el Consejo (definida a través del doble criterio de poblaci?n y número de estados, en consonancia con la doble legitimidad de la Uni?n), reduciendo con ello la presencia de la paralizante unanimidad,
- se ampl?an los terrenos en los que estará contemplada c**o posibilidad la puesta en marcha de integraciones o cooperaciones reforzadas,
- se clarifica la divisi?n y el equilibrio de poderes en el seno de la Uni?n, a través de un legislativo bicameral formado por el Consejo y el Parlamento Europeo, consolid?ndose la Comisi?n Europea c**o ?gobierno? de la Uni?n, aumentúndose la legitimidad democr?tica en la elección de su Presidente y creíndose figuras que contribuir?n a la eficacia, continuidad y visibilidad de las decisiones comunitarias, c**o el Presidente del Consejo Europeo y el Ministro de Asuntos Exteriores.
- se incluye el concepto de democracia participativa, se estructura el diólogo social y con la sociedad civil y se introduce la iniciativa legislativa popular europea,
- se incrementa el papel de las regiones,
- se aumenta la participaci?n de los parlamentos nacionales en el proceso de toma de decisiones de la Uni?n, sin debilitar con ello el mítodo comunitario, lo que significa un mayor control democr?tico y ciudadano,
- se institucionaliza de la Convenci?n c**o instrumento en el proceso de reforma constitucional.
c**o toda Constituci?n, la europea establece un espacio pol?tico, un ?mbito de derechos, un marco jur?dico y una arquitectura institucional en los que la voluntad ciudadana, expresada en las urnas, marcar? en cada momento las mayorías que, en este caso, desde el Parlamento Europeo, el Consejo (formado por los gobiernos de los estados miembros) y la Comisi?n vayan marcando su propia aplicaci?n y desarrollo. La Constituci?n tendré que ser aplicada y desarrollada ambiciosamente, e incluso reformada, para perfeccionarla y profundizarla en asuntos especialmente relevantes, c**o:
- el gobierno econ?mico, la pol?tica social y del empleo,
- la utilizaci?n de la mayoría cualificada para la toma de decisiones, sin excepci?n, en todos los ?mbitos de la Pol?tica Exterior y de Seguridad Com?n, la pol?tica social, la armonizaci?n fiscal y la no discriminación,
- la extensi?n de la ciudadan?a europea a los nacionales procedentes de terceros países con residencia estable y duradera en un país miembro,
- el establecimiento de recursos propios y la adopción de las Perspectivas Financieras a través del procedimiento legislativo,
-la modificaci?n de los procedimientos de ratificaci?n y reforma de la Constituci?n, aumentando el papel del PE en los mismos y evitando la unanimidad de los estados miembros.
Pero la aprobaci?n y entrada en vigor de la Constituci?n Europea es condici?n necesaria para su propia mejora. Su rechazo no abrir?a un nuevo proceso constituyente del que pudiera salir una ley perfecta, sino que cerrar?a la perspectiva constitucional y dejar?a en pleno funcionamiento el justamente criticado el Tratado de Niza. Su no ratificaci?n perjudicar?a directamente a la ciudadan?a de la Uni?n porque llevar?a el proceso de construcción europea a la parélisis, estableciendo la primacáa del mercado sobres los valores y objetivos del modelo social europeo, impidiendo la actuaci?n comunitaria aut¿noma en la escena internacional y manteniendo el díficit democr?tico. Seráa un verdadero desastre para los europe?stas y la mayor victoria imaginable para los euroesc?pticos y los antieuropeos.
España sale muy bien parada en sus intereses espec?ficos con la Constituci?n aprobada en la Conferencia Intergubernamental. En primer lugar, porque ha recuperado su papel de motor europe?sta en la Uni?n al haber sido su Gobierno socialista uno de los principales impulsotes del acuerdo sobre la Carta Magna comunitaria, lo que certifica la recuperaci?n del papel central de España en la Uni?n y refuerza su capacidad negociadora en discusiones fundamentales futuras, tales c**o la relativa a las Perspectivas Financieras. En segundo lugar, porque asuntos tan trascendentales c**o el principio, la pol?tica y los objetivos de la cohesi?n econ?mica, social y territorial, el estatuto de las regiones ultraperif?ricas y el incremento de las competencias en el espacio de libertad, seguridad y justicia -temas todos ellos, entre otros, que nos interesan muy directamente- quedan perfectamente recogidos en el texto constitucional. Y en tercer lugar, porque la presencia institucional de nuestro país se asegura muy aceptablemente a través de la definici?n de la mayoría cualificada y las referencias a la Comisi?n y al Parlamento Europeo contenidas en la Constituci?n.
La importancia de la Constituci?n Europea demanda que las ciudadanas y los ciudadanos se pronuncien sobre ella en refer?ndum. Queremos que la ciudadan?a se informe, debata y vote masivamente sí a la Constituci?n de la Uni?n, convirtiendo histúricamente a España en el primer país que respalde la primera Constituci?n de la Uni?n. Hay que aprovechar la oportunidad del refer?ndum para, cumpliendo con uno de los objetivos fundamentales de la Constituci?n, acercar Europa a las ciudadanas y los ciudadanos.[/b]
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