AVISO importante para todos los futuros clientes de Media Markt, la popular cadena alemana de tiendas electrúnicas: Media Markt ya no devuelve el dinero.
Desde el pasado mes de marzo de 2008, sin comunicarlo previamente, ni publicitarlo de forma alguna, ni mencionarlo expresamente en el ticket de compra, Media Markt ha decidido cambiar de forma dr?stica su pol?tica de devoluciones fij?ndola en los siguientes túrminos:
(1) El tiempo de cambio pasa de 15 días a 7 días h?biles, según reza en el reverso del ticket de compra.
(2) Si el artúculo está intacto, NO se devuelve el dinero, sino que se entrega una tarjeta-regalo cargada con el importe del artúculo para gastar en Media Markt.
(3) Si el artúculo ha sido probado por el cliente, NO se devuelve el dinero NI se entrega una tarjeta-regalo.
Media Markt no tiene ninguna intenci?n de comunicar su nueva pol?tica de devoluciones entre sus clientes.
Por favor, haced correr la voz, es el único modo de evitar más sorpresas desagradables.
A la hora de elegir el lugar de vuestras compras tened en cuenta este importante detalle y recordad que la competencia sí devuelve el dinero (PC City, Carrefour, Alcampo, FNAC, El Corte Inglés, Hipercor, Boulanger, ...).
El lema de Media Markt lo dice todo, YO NO SOY TONTO. Pues, yo tampoco soy tonto... Aunque la ley diga que deben devolverlo: art. 44 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista:
1. El comprador dispondré de un plazo mínimo de siete días h?biles para desistir del contrato sin penalizaci?n alguna y sin indicaci?n de los motivos. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien la que determine qué días han de tenerse por h?biles. 2. El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho. 3. El derecho de desistimiento no puede implicar la imposici?n de penalidad alguna, si bien podrá exigirse al comprador que se haga cargo del coste directo de devoluci?n del producto al vendedor. No obstante lo anterior, en los supuestos en que el vendedor pueda suministrar un producto de calidad y precio equivalentes, en sustituci?n del solicitado por el consumidor, los costes directos de devoluci?n, si se ejerce el derecho de desistimiento, serán por cuenta del vendedor que habrá debido informar de ello al consumidor. Serán nulas de pleno derecho las cl?usulas que impongan al consumidor una penalizaci?n por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo. 4. A efectos del ejercicio del derecho de desistimiento, el plazo se calcular? a partir del día de recepci?n del bien, siempre que se haya cumplido el deber de información que impone el artúculo 47. 5. En el caso de que el vendedor no haya cumplido con tal deber de información, el comprador podrá resolver el contrato en el plazo de tres meses a contar desde aquel en que se entreg? el bien. Si la información a que se refiere el artúculo 47 se facilita durante el citado plazo de tres meses, el per?odo de siete días h?biles para el desistimiento empezar? a correr desde ese momento. Cuando el comprador ejerza su derecho a resolver el contrato por incumplimiento del deber de información que incumbe al vendedor, no podrá éste exigir que aquíl se haga cargo de los gastos de devoluci?n del producto. 6. Cuando el comprador haya ejercido el derecho de desistimiento o el de resoluci?n conforme a lo establecido en el presente artúculo, el vendedor estará obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retenci?n de gastos. La devoluci?n de estas sumas deber? efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de treinta días desde el desistimiento o la resoluci?n. Corresponde al vendedor la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo. Transcurrido el mismo sin que el comprador haya recuperado la suma adeudada, tendré derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad. 7. En caso de que el precio haya sido total o parcialmente financiado mediante un cr?dito concedido al comprador por parte del vendedor o por parte de un tercero previo acuerdo de éste con el vendedor, el ejercicio del derecho de desistimiento o de resoluci?n contemplados en este artúculo implicar? al tiempo la resoluci?n del cr?dito sin penalizaci?n alguna para el comprador. 8. El transcurso del plazo del derecho de desistimiento sin ejecutarlo no será obstúculo para el posterior ejercicio de las acciones de nulidad o resoluci?n del contrato cuando procedan conforme a derecho.


