Mensaje
por ilogic » 21 Ago 2007 23:32
pues depende de tu convenio, o si eres funcionaria...
en el estatuto de los trabajadores solo pone esto:
4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrén derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen
en la ley de conciliacion pone:
c**o novedad se ampl?an los supuestos que no pueden computarse c**o faltas de asistencia a efectos de extinci?n del contrato de trabajo por absentismo laboral. Entre ellos se incluyen el riesgo durante el embarazo, las enfermedades causadas por el mismo, el parto y la lactancia