A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?:

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Itaca
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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por Itaca » Mié 27 May 2009 13:03

Gracias por la bienvenida!
Jeje, veo q seremos compis de hospital però q no coincidiremos, a menos q yo me adelante... q por cierto, no me importaría q saliera a conocer mundo a las 38! :lol:

Yo creo, q en mi caso, como somos pocos de family pues en el hospital no vendrá demasiada gente... eso sí, los abuelos todo el día ahí, cuando seguro q lo q más te apetece es estar tranquila en tu habitación con tu nene/a y tu pareja... lo q se me hará insoportable será en casa, esas visitas totalmente inesperadas... bufff, es q solo de pensarlo me entra la mala leche, con lo poco social q soy yo... y mi marido, jeje, seguro q deja ir alguna fresca!

en fin, esperemos q la novedad pase pronto y nos dejen tranquilas!

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por monike » Mié 27 May 2009 13:04

pero... la mutua del curro no son los que te dan la baja, no? Tienes que ir a tu médico de cabecera, no?

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por Megui » Mié 27 May 2009 13:08

.... sí, pero yo argumentaré un Riesgo Laboral, ya que lo que me preocupa es quedarme frita al volante (ayer pegué una cabezada que se me pusieron los pelos de punta) ...

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por monike » Mié 27 May 2009 13:09

Itaca... nosotros somos exactamente igual... y lo tenemos bien claro... Timbres y telefonos apagados a deshoras... y quien quiera venir... que llame primero... Nada de pasarse en plan sorpresa... Pq una tiene que descansar.... a mi que nadie me toque las narices... pq yo soy de las que sueltan frescas. Somos muy asociales... Nos gusta estar siempre los 2 haciendo cosas.... Me gusta estar con la family, pero un ratito.... que no me obliguen a nada que no quiera hacer.... Y no es plan, pq vienen a tu casa, y se te plantan y ya los tienes que invitar a cenar y todo...

Lo de apagar los teléfonos a las 22 de la noche... ya lo hemos cogido por costumbre... no cogemos teléfonos a partir de esas horas... (les encanta llamar a mi casa a esas horas...)

Y ahora cuando pinte, voy a cambiar el interfono por uno que pueda apagarse... Lo tengo bien claro... A ciertas horas no se aceptan visitas... faltaría más...

Megui, lo tuyo tiene que ser más complicado que lo mio... al tener a otro bichillo por casa... yo solo tengo a mis gatas, que las pobres son más buenas... :D anda que no me miman... y se tumban en mi barrigota. :D creo que algo se huelen. Son muy buenas enfermeras. :D

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por RELAMPAGO » Mié 27 May 2009 13:09

Megui, imagino que ya lo sabrás, pero ten cuidado con la baja no te la den por maternidad y te quedes después a dos velas.
:beso:
:down:

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por Megui » Mié 27 May 2009 13:17

Claro, claro...... por eso ya he preguntado a mi dpto. de PRL, porque no nos interesa ni cogerme la maternal ni por IT...... si te da la baja la empresa por Riesgo Laboral te dan un 100% de subsidio... y si no me la dan, pues hasta que el cuerpo aguante (y me la cojo por IT) o me pegue una piña con el coche (Dios no lo quiera.... pero de ser así a la empresa donde trabajo se le cae el pelo).....

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por monike » Mié 27 May 2009 13:35

aish me he perdido... si cojes la baja por la SSocial no cobras el 100%?

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por Megui » Mié 27 May 2009 14:39

.... creo que depende también de tu convenio, pero si te coges la baja por Incapacidad Temporal, es decir, ciática, lumbalgia, etc... te corresponel el 75% de la Base tu última nómina, a no ser que la baja te la cojas en el mismo mes que das a luz, es decir, te coges la baja el día 1 y pares el 30... entonces te corresponde el 100%... de todos modos te dejo el link de un post que recuperé hace días ya que quería informarme...
http://www.mundorecetas.com/8/viewtopic ... 7&t=261017" onclick="window.open(this.href);return false;
Espero te ayude.
:beso:

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por monike » Mié 27 May 2009 15:06

ok gracias! de todo modos, creo uqe me tengo que encontrar bastante peor para cogerla. Ahora de momento, a disfrutar de 15 días de vacaciones (por la boda) y luego ya veremos... me quedará mes y medio... :D

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Re: A QUIEN LE TOCA EN AGOSTO-2009?

Mensaje por Megui » Mié 27 May 2009 15:11

.... más de lo mismo:


RIESGO DURANTE EL EMBARAZO: SITUACIÓN PROTEGIDA.

Con la redacción establecida por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, el artículo 134 del R.D. Leg. 1/1994, de 20 de junio (Ley General de Seguridad Social), establece que se considerará situación protegida el período de suspensión del contrato de trabajo en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulta técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.

No se considerará situación protegida la derivada de riesgos o patologías que puedan influir negativamente en la salud de la trabajadora o del feto, cuando no esté relacionada con agentes, procedimientos o condiciones de trabajo del puesto desempeñado.

La prestación correspondiente a la situación de riesgo durante el embarazo tendrá la naturaleza de prestación derivada de contingencias profesionales.



RIESGO DURANTE EL EMBARAZO: PRESTACIÓN ECONÓMICA.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, ha dado nueva redacción al artículo 135 del R.D. Leg. 1/1994, de 20 de junio (Ley General de la Seguridad Social), estableciendo que la prestación económica se concederá en los términos y condiciones previstos en esta Ley para la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.

La prestación económica nacerá e día en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo y finalizará el día anterior a aquel en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o el de reincorporación de la mujer trabajadora a su puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su estado.

La prestación económica consistirá en un subsidio equivalente al 100 % de la base reguladora correspondiente.

La gestión y pago de la prestación económica corresponderá a la Entidad Gestora o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, en función de la entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.

El Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, regula las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo, estableciendo normas aplicables a las trabajadoras por cuenta ajena y normas aplicables a las trabajadoras por cuenta propia.

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