OT- Not?is la "desaceleraci?n" en vuestro trabajo?:

alAlba
Cocinera/o
Cocinera/o
Mensajes:1902
Registrado:28 Mar 2006 01:00

Mensaje por alAlba » 26 Jun 2008 12:44

A ver, esto es lo que yo entiendo

a ver, caso 1
Te desuentan todos los meses 150 euro de IRPF
En este caso, este mes cobraras 150 ? mas y el resto, o se 250 ? (400-150) se te descontaran del IRPF de las proximas nominas, o sea, que de julio a diciembre cobraras 41.66666 mas

Caso 2
todos los meses te quitan 230 euros de IRPF
En este caso, este mes te descontaran 200 que es el maximo en esta nomina, o sea, que cobraras 200 mas y solo te quitan 30 de IFPF.
El resto que te queda por cobrar (400-200), o sea, 200 euros los cobraras repartidos entre las nominas de julio a dicembre, o sea, cobraras 33.33333 euros mas al mes

Indara
Repostera-pastelera/o
Repostera-pastelera/o
Mensajes:831
Registrado:17 Dic 2007 01:00
Ubicación:MADRID

Mensaje por Indara » 26 Jun 2008 13:20

Siento haber desaparecido pero... justo tenía que bajar a la gestoria y ya he aprovechado para consultarla este tema por si yo lo habia entendido mal. CONCLUSION de la conversaci?n.... La devoluci?n maxima es de 400? pero.... No a todos los contribuyentes nos devuelven 400? ni ahora ni en diciembre :( :cry: :cry:

Yo que le habia dicho a mi hijo que los 400? que le darian a mama eran para la hucha que estamos haciendo para visitar la casa de Mickey Mouse.... :( Bueno... meter? lo que me den de mas y ahorrar? unos meses mas de lo previsto....

teni
Pinche de cocina
Pinche de cocina
Mensajes:48
Registrado:08 Nov 2007 01:00

Mensaje por teni » 26 Jun 2008 13:24

Eso es lo que decia yo, que si no has cotizado 400 no te devuelven 400 y si has cotizado mas, hasta un maximo de 400.

Nadie sabe lo de los funcionarios y trabajores de regimen especial? Joer porque a mi veo que me van a devolver ni leches, que mucha investigacion y mucho pioneros en... pero nos pagan tarde mal y nunca!! :evil:

Mimeta
Repostera-pastelera/o
Repostera-pastelera/o
Mensajes:905
Registrado:30 May 2008 01:00

Mensaje por Mimeta » 26 Jun 2008 13:33

En mi caso, por desgracia :evil: , mi n?mina no se corresponde con la realidad, así que cobro una cantidad fija, pero en n?mina aparece mucho menos, si mi jefe me sigue pagando lo mismo y no me da la diferencia, cómo puedo hacer para que me la de? (Encima que por culpa de ponerme menos en n?mina voy a recibir menos.... solo falta que no llegue a cobrar nada de esos 400 euros :cry: :cry: )


:beso:

Indara
Repostera-pastelera/o
Repostera-pastelera/o
Mensajes:831
Registrado:17 Dic 2007 01:00
Ubicación:MADRID

Mensaje por Indara » 26 Jun 2008 13:36

Soy muy torpe y no he conseguido subir la carta.... pero... os escribir? lo que pone:

El Real decreto ley 2/2008 del 21 de Abril de medidas para el impulso de la actividad economica ha establecido una deducion de la cuota liquida del IRPF con efectos desde el 1/1/2008 cuya cuantia es de HASTA 400? ANUALES y que podrá ser aplicada por los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo o de actividades economicas.

Esta medida ha sido desarrollada mediante el real decrecto 861/2008 de 23de mayo, norma en la que se establece el mecanismo para que los efectos economicos de la deduccion se anticipe a este año sin tener que esperar a la presentacion de la declaracion del IRPF del ejercicio 2008 a realizar en 2009

En concreto, esta anticipaci?n se consigue reduciendo el importe de las retenciones e engresos a cuenta efectuados sobre los rendimientos del trabajo que se perciban a partir del 1 de junio del 2008 fecha de entrada en vigor del mencionado real decreto.

Dado que Vd. figura c**o retenedor de rendimientos de trabajos en el censo de empresarios profesionales y retenedores, a cotinuacion le indicamos las lineas principales del procedimiento para que la deducicion de los HASTA 400 ? tenga sus efectos en las retenciones sobre los rendimientos de trabajo que satisface:

Tratandose de rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen en el mes de junio del 2008, las retenciones calculadas de acuerdo con el procedimiento anteriormente en vivgor se minoraran con elimite del importe retenido en la cuantia de 200º por perceptor. De este modo durante este mes y con caracter excepcional se establece una deducion lineal de HASTA 200º de las retenciones o ingresos a cuenta aplicadas sobre cualquier tipo de rendimiento de trabajo que se satisfaga, excluidos aquellos sobre los que deba aplicarse siemre un tipo de retencion (atrasos de ejercicios anteriores, retribuciones de consejeros .... etc)
A partir del mes de julio del 2008 la disminucion de las retenciones hasta alcanzar los 400? anuales se produce via reduccion de tipo de retencion aplicable que ahora pasa a tener dos decimales teniendo en cuenta que:

Va afectar a las rentas del trabajo para las que esta establecido el procedimiento general para determinar el importe de la retenci?n a excepci?n de aquellas para las que este establecido un tipo mínimo en la medida en que el tipo obtenido resulte inferior a dicho minimo.
La disminucion del tipo de retencion es independiente de que el trabajador perciba o no rendimientos de trabajo en otra eempresa, por lo que no debe efectuar comunicación alguna al respecto. No obstante de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 88.5 ndel reglamento del impuesto el trabajador podrá solicitar por escrito la aplicacion de un tipo de retencion superior aplicandose dicho tipo c**o minimo hasta fifnal de año y en los ejercicios sucesivos, salvo renuncia por escrito....

Y Los telefonos de informacion..... tal tal....
:o :o :o

babybbt
Jefa de cocina
Jefa de cocina
Mensajes:43677
Registrado:04 Jul 2006 01:00
Ubicación:th31 / KH1170
Contactar:

Mensaje por babybbt » 26 Jun 2008 13:36

y el caso q no descuentan de irpf? :duda:

todalavidaadieta
Subjefa/e de cocina
Subjefa/e de cocina
Mensajes:3677
Registrado:04 Ene 2007 01:00

Mensaje por todalavidaadieta » 26 Jun 2008 13:37

Mimeta, mira a ver lo que te retienen cada mes y multiplica por el número de pagas que tengas (12-13-14 ...) y si esa cantidad llega a 400 te corresponden 400.

en el mes de junio, te darén hasta 200 (si te retienen 100, te darén 100 y si te retienen 300 te darén 200), el resto hasta 400 te lo darén mes a mes hasta diciembre.

y si tu jefe no te lo da, es porque se lo está quedando paraél, así que dile que no se columpie, que los 400 euros son para los trabajadores, no para el empresario.

Yo tambiéncobro un sueldo pactado cada mes y me lo tienen que dar, porque la empresa pagar? menos en cuestión de irpf, para pagarme más a mi (o por lo menos es lo que yo entiendo).

Indara
Repostera-pastelera/o
Repostera-pastelera/o
Mensajes:831
Registrado:17 Dic 2007 01:00
Ubicación:MADRID

Mensaje por Indara » 26 Jun 2008 13:42

Mimeta escribió:En mi caso, por desgracia :evil: , mi n?mina no se corresponde con la realidad, así que cobro una cantidad fija, pero en n?mina aparece mucho menos, si mi jefe me sigue pagando lo mismo y no me da la diferencia, cómo puedo hacer para que me la de? (Encima que por culpa de ponerme menos en n?mina voy a recibir menos.... solo falta que no llegue a cobrar nada de esos 400 euros :cry: :cry: )


:beso:
MIMETA en mi empresa tambien estamos c**o tu.... todos los trabajadores tenemos un sueldo fijo y otra cosa es lo q pone en la nomina.... Yo les prometú a los chicos que haria lo posible por que nos lo pagaran nuestros jefes a pesar de tener un sueldo fijo... y aunque aun hay serias dudas de si lo pagar?n.... Yo hoy le he dicho a mi jefe que no seria justo que no lo de a los trabajadores ya que el mes de junio que ellos pagan el IRPF se supone que se les descontaré todo el importe que ellos estan abonando ahora a sus trabajadores, es decir que si ellos pagan normalmente 15.000? de IRPF cuando lo paguen en Julio pagaran mucho menos porque les descuentan nuestros porcentajes de IRPF. Parece que le he convencido.... ya veremos....

SUERTE :beso: :beso: :beso:

Mimeta
Repostera-pastelera/o
Repostera-pastelera/o
Mensajes:905
Registrado:30 May 2008 01:00

Mensaje por Mimeta » 26 Jun 2008 13:43

todalavidaadieta escribió:Mimeta, mira a ver lo que te retienen cada mes y multiplica por el número de pagas que tengas (12-13-14 ...) y si esa cantidad llega a 400 te corresponden 400.

en el mes de junio, te darén hasta 200 (si te retienen 100, te darén 100 y si te retienen 300 te darén 200), el resto hasta 400 te lo darén mes a mes hasta diciembre.

y si tu jefe no te lo da, es porque se lo está quedando paraél, así que dile que no se columpie, que los 400 euros son para los trabajadores, no para el empresario.

Yo tambiéncobro un sueldo pactado cada mes y me lo tienen que dar, porque la empresa pagar? menos en cuestión de irpf, para pagarme más a mi (o por lo menos es lo que yo entiendo).
Gracias por tus aclaraciones Toda, a ver si mira hoy mismo las n?minas y lo calculo.

Lo último que pusiste no lo termin? de entender, pero en mi caso la n?mina no es más baja para pagarme más, me pagan lo que me corresponde, pero me tiene puesta a media jornada porque le salió de los .... para mi eso solo tiene inconvenientes, pero tal y c**o está el trabajo no me queda otra que aguantarme hasta que me salga algo mejor :evil: y si me quejo es capaz de decirme de bajarme el sueldo alegando que la cosa está muy mal bla bla bla :evil:

Besos :beso: :beso: :beso:

todalavidaadieta
Subjefa/e de cocina
Subjefa/e de cocina
Mensajes:3677
Registrado:04 Ene 2007 01:00

Mensaje por todalavidaadieta » 26 Jun 2008 13:49

Mimeta, yo creo que independientemente del tiempo que estés en el trabajo y de lo que traiga la n?mina, el dato que importa es el de la retenci?n de IRPF, es sobre ese número sobre el que tienes que calcular c**o te dije (o al menos por lo que he leído eso es lo que entiendo).

ahora s?, si por ejemplo en n?mina tienes 400 euros y en verdad cobras 800 (400 en B), y trabajas 8 horas en lugar de 4 (que es a lo que se corresponde la n?mina), y la retenci?n ponte que sea de 20 euros, por decir algo.

entonces: 14 pagas por 20 euros = 280 euros, te devolverán 20 este mes y el resto hasta 280 en los sucesivos.

pero claro tú estés trabajando realmente 8 horas y seguramente si lo tuvieses todo en n?mina llegaráas a los 400... no sé si me explico. pero no creo que el empresario te lo de su bolsillo, lo que sí te tiene que dar es lo que te corresponde y que c**o ya hemos comentado al empresario se lo deducir?n de sus aportaciones para el irpf.

Responder

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 7 invitados