Petra siento mucho por el momento que estés pasando, me imagino lo duro que debe ser.
Del tema del papeleo Tessa te explico muy bien.
Mira encontré esto en internet porque sabía que existía un registro de seguros de vida pero no c**o funciona, y creo que lo explica bastante bien.
http://www.elperiodico.com/default.asp? ... io_PK=1009
Y dice allí que solicita en un plazo de 15 días.
El certificado de últimas voluntades se compra en el estanco. Te lo venden con el sobre.
Si tu padre no otorg? testamento, al menos en Galicia, lo que hace el notario es la Declaraci?n de Herederos, no el reparto de la herencia.
El plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses, c**o te dice Luzazul. Se compra el impreso en las oficinas en donde se presenta.
Ahora mismo no me acuerdo más, un biquiño y cualquier cosa pregunta.
Edito porque el enlace que te puse lleva al peri?dico pero no articulo, te lo pego aqui.
18/6/2007 16:32 h DATOS SOBRE 50 MILLONES DE CONTRATOS
El registro de seguros de vida empieza a funcionar a partir de mañana
? La medida permitir? que ninguna de las p?lizas de cobertura por fallecimiento se queden sin cobrar por desconocimiento de los beneficiarios
AGENCIAS
MADRID
El registro de seguros de vida, que evitar? que ninguna de las p?lizas de cobertura por fallecimiento se queden sin cobrar por desconocimiento de los beneficiarios, empieza a funcionar mañana, después de que las aseguradoras hayan facilitado información sobre cerca de 50 millones de contratos suscritos.
Así lo ha explicado en rueda de prensa la directora general de Registros y Notarías, Pilar Blanco, que ha avanzado que se ha invertido un millón de euros en la creaci?n de este registro, único en el mundo y que eleva el grado de "transparencia y libertad" de la sociedad española.
15 días h?biles
A partir de mañana, cualquier ciudadano que crea que puede ser beneficiario de un seguro de vida podrá acudir a comprobarlo al registro transcurridos 15 días h?biles desde el fallecimiento, para lo que tendré que adjuntar el certificado de defunci?n del titular, rellenar la correspondiente solicitud y pagar una tasa de 3,33 euros en cualquier entidad bancaria.
Los interesados obtendrén respuesta en el acto si acuden en persona a la oficina central del registro -ubicada en la madrileña Plaza de Benavente- y en un plazo máximo de siete días si solicitan la información por correo.
El impreso correspondiente, el 790, se puede encontrar en la oficina del registro, en cualquiera de las 22 gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, en los 432 registros civiles que existen en España, en el registro general del Ministerio y a través de Internet, en la web www-mjusticia.es.
Una vez obtenido el certificado donde constar?n, en su caso, las aseguradoras con las que el titular tenía contratados los seguros, el interesado podrá acudir a estas compañías para conocer si es beneficiario del seguro o no.
Alto grado de colaboración
Blanco ha querido destacar el alto grado de colaboración y entendimiento que la Direcci?n General de Registros y Notariado ha encontrado para la elaboración del registro tanto de la patronal de las aseguradoras, UNESPA, c**o de la Direcci?n General de Seguros --perteneciente al Ministerio de Economía--, la Agencia Tributaria y el Consejo General del Notariado.
Hasta el 18 de junio, fecha tope para que las aseguradoras volcaran los contratos de seguros, se habían registrado los datos de 50 millones de contratos de seguros de vida, procedentes de 201 compañías aseguradoras.