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o,t: ALGUNA RECIBIS LA AYUDA DE ALQUILER JOVEN???? DUDAS

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nos vamos a mudar proximamente y la vamos a solicitar, los 210 son siempre quiero decir da igual que el alquiler sea de 1000 que de 300??? y otra duda, desde que se solicita y lo aprueban cuanto os tardaron en pagar?? lo pagan siempre bien o se retrasa??


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Re: o,t: ALGUNA RECIBIS LA AYUDA DE ALQUILER JOVEN???? DUDAS

Por lo que yo se, en Vigo (igual en otras ciudades cambia el tramo) el alquiler máximo es de 600€, si pagas más ya no entras para la ayuda.
Yo la solicité al salir y tardaron un mes y medio dos meses aproximadamente pero creo que ahora estan tardando más.
Y no no siempre pagan bien, normalmente a primeros de mes pero un mes te puedes ir al día 12, 15, o bien que te paguen antes sobre el 29 o así. A mí un mes incluso no me pagaron y al mes siguiente me hicieron dos ingresos.
Cualquier cosiña aquí estamos para intentar resolver las dudas.

:beso:


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Re: o,t: ALGUNA RECIBIS LA AYUDA DE ALQUILER JOVEN???? DUDAS

que guay sarass yo tambien soy de vigo, donde se solicita?? me comentaron que en el ayuntamiento, que con la solicitud y el contrato ya esta, enque zona del ayuntamiento es??? (esque no voy nunca y me pierdo) por cierto tengo que hablar con mi proximo casero porque en principio queria que se lo pagaramos en mano, pero claro, asi no te la dan no?? porque creo que tienen que comprobar que lo has ingresado, verdad?? un beso guapa


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Re: o,t: ALGUNA RECIBIS LA AYUDA DE ALQUILER JOVEN???? DUDAS

Que coincidencia samsaragc, yo soy de coya de donde eres tu?

La ayuda se solicita en unas oficinas que tiene vivienda en gran vía 160 al lado de un ekoama, subiendo desde plaza de américa a mano izquierda antes de llegar al cruce con el c.c. gran vía. Te piden el copia del contrato, del dni, de la renta, certificado de que la cuenta bancaria es tuya, unos impresos que te dan ellos y no se si algo más... y también te piden un certificado de haberes, es un papel firmado por tu empresa con lo que vas a ganar más o menos en este año. Pero te dejo el tlf y le preguntas a ellos directamente 986485746.
Y sí se tiene que pagar mediante transferencia bancaria.

:beso:


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Re: o,t: ALGUNA RECIBIS LA AYUDA DE ALQUILER JOVEN???? DUDAS

Hola yo te comento mi experiencia.
Soy de Madrid y la solicite en el mes de abril de hace ya casi 2 años, y la empeze a recibir en enero del otro año, osea despues de 9 meses, al mes siguiente me hicieron el pago, lo hacen con caracter retroactivo, es decir que te lo ingresan todo junto desde el mes que lo solicitaste, no se si me explico.
Hay meses que te pagan a primeros, otros a ultimos, otros que no te pagan ese mes y al mes siguiente lo cobras,etc...
Yo lo tuve que hacer en conjunto con mi novio, y si no recuerdo mal, tuvimos que entregar el contrato de arrendamiento, el numero de cuenta del dueño de la casa y el numero de cuenta donde vas a recibir la ayuda, presentar el certificado de haberes, presentar el contrato de trabajo; si tienes contrato indefinido mejor pero si tienes un contrato por obra y servicio (mi novio tenia ese contrato), tuvo que pedir a su jefe que hiciera un papel como que iba a estar trabajando en su empresa por lo menos1 o 2 años (esto no se si ha cambiado), y lo tipico DNI,etc...

Y si eres autonomo o percibes una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial presentar un certificado de la Administración pagadora (INEM, INSS, etc)...

Y creo que ya esta, se percibe 105 euros por cada uno, osea 210 euros, y tiene una duracion de 4 años.
Y tienes que presentarlo en la oficina de la Comunidad de Madrid de tu localidad.

Si me acuerdo de algo mas, te digo, espero que me haya explicado bien, 1 saludo.


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Re: o,t: ALGUNA RECIBIS LA AYUDA DE ALQUILER JOVEN???? DUDAS

esta es la informacion en catalunya:

Cuales son los requisitos para solicitar la renta básica de emancipación.
• Tener nacionalidad espanyola, de la UE o espacio económico europeo o ser extranjero no comunitario, con residencia legal y permanente, No es suficiente que ponga solo Residente, ni residente temporal, ni por estudios. En caso de reagrupación tampoco se aceptaran si no tienen reconocida la condición de residente permanente
• Ser titular del contrato de alquiler de una vivienda destinada a domicilio habitual y permanente y estar al corriente de pago del alquiler.
• Tener unos ingresos regulares (trabajadores por cuenta ajena, autónomos, pensionistas, becarios, paro…) durante los 6 meses anteriores i/o posteriores a la solicitud que no superen los 22.000 € brutos anuales y estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la ss.
• Acreditar una vida laboral, como mínimo de 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contando desde el mismo día de la solicitud.
• Para el computo de estos 6 meses se pueden tener en cuenta la suma de los contratos discontinuos siempre que la discontinuidad mayor no supere un mes.
• No ser propietario de ninguna casa, excepto que haya estado privado del usufructo por causas no computables al interesado o que el valor del piso no exceda del 60% del precio máximo (1940,48€m2) del piso de protección oficial.
• No tener relación de parentesco con el arrendador (hasta 2º grado de consangueneidad o afinidad)
• No tener un patrimonio superior a 110.000€.
• Autorizar a la administración a solicitar información pertinente a otras administración publicas.
• Que el sistema de pago del alquile (domiciliación o transferencia) y el cobro de la prestación sea gestionado en una de las entidades colaboradoras
www.vivienda.es


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