En primer lugar, por ahora sólo estés incluida en la lista. Pueden convocarte c**o jurado a partir del 1 de Enero del año que viene y durante todo el año 2007 y 2008. Lo que no quiere decir que vaya a suceder forzosamente.
El ejercicio del jurado es remunerado, pero no te puedo decir ahora mismo a cuánto asciende la remuneraci?n, pero te imaginar?s que poco, poquito.
"Artúculo 7. Retribuci?n y efectos laborales y funcionariales del desempe?o de la funci?n de jurado.
1. El desempe?o de las funciones de jurado será retribuido e indemnizado en la forma y cuantía que reglamentariamente se determine.
2. El desempe?o de la funci?n de jurado tendré, a los efectos del ordenamiento laboral y funcionarial, la consideraci?n de cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal." (Ley Orgúnica del Tribunal del Jurado)
Me imagino que en el telegrama te informar?n sobre las excusas que puedes alegar para no acudir a la convocatoria (siempre, claro, que sean aceptadas).
Si realmente no tienes motivos que te impidan ejercer tu derecho y tu deber a se jurado, yo, en tu lugar, acudiria cuando fuese convocada. Es una experiencia más. No te digo que agradable, pero sí para vivirla.
No he sido jurado ni conozco a nadie que lo haya sido. Pero no me asustan los Tribunales, ni la participaci?n en La Justicia. Claro que para eso estudi?, aunque no he ejercido nunca, pero sí estoy relacionada con el "mundillo"
Si quieres que te de más información, ya sabes aquí estoy. Que lo que yo no pueda explicarte, busco Quién me lo explique y te lo aclaro.
Ah, por si quieres tener la Ley en tus manos:
http://www.porticolegal.com/int/int_Ley83.html
