






Nacionalidad por residenciaanzelika escribió: Una pregunta-que necesito para obtener nacionalidad española?Llevo 8 años en España y tengo permiso de residencia permanente?Muchas gracias.![]()
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me esta llamando con numero oculto....dice que mandara uno que me busque.....hace 3 años ya le puse denuncia pero cuando era el juicio el no se presento y al final estado le puso la multa y el mizmo estado cobro 800 evro.....yo no intiendo c**o le quitaron el dinero de la nomina y a mi hijo no le pasa ni 1 centimo???
a parte de muchas gracias te mando muchos besitossaskia7 escribió:Nacionalidad por residenciaanzelika escribió: Una pregunta-que necesito para obtener nacionalidad española?Llevo 8 años en España y tengo permiso de residencia permanente?Muchas gracias.![]()
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Qué es:
Es una forma de obtenci?n de la nacionalidad.
Quién puede solicitarla y requisitos:
Cualquier ciudadano extranjero que haya residido en España durante un tiempo determinado. Para la concesi?n de la nacionalidad por residencia es necesario que ésta haya sido legal y de forma continuada y haya durado, al menos, 10 años.
En el caso de las personas que hayan obtenido asilo o refugio será suficiente el transcurso de 5 años y se exigir?n 2 años en el caso de nacionales de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o los sefard?es.
El periodo de residencia se reducir? en los siguientes casos:
o A un año para los nacidos en España.
o A un año para el que haya estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de una persona o instituci?n española durante dos años consecutivos, incluso si continuara en esta situaci?n en el momento de realizar la solicitud.
o A un año de residencia legal y continuada para los c?nyuges de españoles, siempre que no estuvieran separados legalmente o de hecho.
o Un año para el que no ejerci? en plazo su derecho a adquirir la nacionalidad por opción.
o Un año al viudo o viuda de español, si al momento de producirse el fallecimiento no se encontraban separados de hecho o judicialmente.
o Un año al nacido en el extranjero, hijo de padre o madre, abuelo o abuela que hubiesen sido originariamente españoles.
o Los naturales de los países iberoamericanos, no tienen la obligaci?n de renunciar a su nacionalidad de origen para obtener la española ya que se les reconoce el derecho a poseer la doble nacionalidad.
La solicitud de la nacionalidad española por residencia hay que presentarla en el Registro Civil correspondiente a su domicilio.
Modelo de solicitud: el modelo de solicitud pude conseguirlo en Internet http://www.mju.es/modelo.htm o en el Servicio de Nacionalidad del Ministerio de Justicia, C/ R?os Rosas, 24, Madrid o sus delegaciones.
Personalmente en el horario: Lunes a viernes, interrumpido de 9 a 17.30 horas; S?bados de 9 a 14 h.- Durante la jornada de verano, comprendida entre el 1 de julio y el 31 de agosto, el horario de apertura será de 8. a 15 h. de lunes a viernes y de 8 a 14 h. los sábados.
Por correo o por tel?fono al Servicio de Nacionalidad del Ministerio de Justicia, R?os Rosas, 24 28003-Madrid, Tel?fono 91 390 48 39 .
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